Gastos

Los aranceles notariales no pueden ser fijados o negociadas a discreción del notario, sino que se rigen estrictamente por la ley. Prevaleciente es la Ley de Costas Juciciales y Notariales que se aplica en todo el territorio federal. En definitiva, cada notario aplica los mismos aranceles a los mismos actos notariales.

Los aranceles notariales se basan en la llamada cuantía del asunto, en caso de un poder general y preventivo, el valor representa la mitad de los activos corrientes del poderdante sin deducción de las deudas, calculando de acuerdo con la Ley de Costas Judiciales y de la Ley Orgánica del Notariado con un máximo de € 1.000,000.00 por poderdante. Los aranceles notariales para la autorización incluyen asesoramiento y redacción del borrador, así como cambios. Y por regla general se adicionan gastos mínimos por copias, franqueo y teléfono así como el IVA obligatorio.

Ejemplos de un poder general y preventivo sin disposición del paciente y poder anticipado para el caso de incapacidad:

Valor mercantil: € 25.000,00  aranceles notariales netos aprox. € 120,00
  € 50.000,00   € 170,00
  € 100.000,00   € 280,00
  € 200.000,00       € 440,00
  € 300.000,00        € 640,00