Modificación de la Junta Directiva y los estatutos

Desarrollo

Si se elige un nuevo miembro de la Junta Directiva o se modifican los estatutos de la asociación, la Junta Directiva debe registrar estas modificaciones en el registro de asosiaciones. En este caso, la Junta Directiva no tiene que actuar necesariamente en su conjunto, sino que el número de firmas requerido de los miembros de la Junta Directiva con derecho a representación es suficiente. Las firmas de los consejeros directivos bajo la petición de inscripción en el registro de asociaciones requieren la certificación notarial.

La reelección de un miembro de la Junta no requiere de registro, a menos que cambie su función (por ejemplo, el tesorero se convierte en presidente).

Por favor, tenga en cuenta que en caso de modificación de los estatutos, los fragmentos enmendados se reproducen textualmente en el acta de la Asamblea o como anexo a la misma que también debe ser firmada por el secretario.

Lista de verificacion

Para el registro de modificaciones de los estatutos y de la Junta Directiva, el notario necesita la siguiente información o documentos:

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Gastos

Los aranceles notariales no pueden ser fijados o negociadas a discreción del notario, sino que se rigen estrictamente por la ley. Prevaleciente es la Ley de Costas Juciciales y Notariales que se aplica en todo el territorio federal. En definitiva, cada notario aplica los mismos aranceles a los mismos actos notariales.

Los aranceles notariales de las autorizaciones se basan en la llamada cuantía del asunto, por tanto, en la modificación de los estatutos o de la Junta Directiva se toma en cuenta la cuantía del patrimonio de la asociación. Incluyen asesoramiento y redacción de un borrador, así como cambios. Y por regla general se adicionan gastos mínimos por copias, franqueo y teléfono así como el IVA obligatorio.

Si los activos de una asociación, como de costumbre, no son considerables, el notario establece para el cálculo del costo como valor estándar € 5.000,00 por cada hecho que se inscriba en el Registro de Asociaciones. Por tanto los aranceles del notario por una modificación de los estatutos o de la Junta Directiva suelen ser de alrededor de € 65,00 netos.