Acuerdos contractuales

Poder general y preventivo

Por diversas razones, puede ser útil o necesario otorgar a otra persona un poder para realizar ciertos actos legales a favor del poderdante. En particular, en el caso de la propia discapacidad debido a enfermedad o vejez, una persona de confianza debe recibir un amplio poder general y preventivo. De lo contrario, el tribunal de tutela y curatela tendría que designar a un tutor en un procedimiento costoso y engorroso, que está obligado a rendir cuentas ante el tribunal y necesita la aprobación del tribunal para todas las transacciones legales esenciales, en particular para las disposiciones sobre propiedades. Por lo tanto, la concesión de un poder tan amplio es lo común entre cónyuges.

Un poder general y preventivo se extiende en su campo de aplicación tanto al ámbito jurídico patrimonial como a la esfera personal. En el área júridico patrimonial, el representante autorizado puede tomar cualquier medida comercial por el poderante, en particular disponer de sus activos, por ejemplo cuentas bancarias o bienes inmuebles. Se excluyen sólo las transacciones legales de naturaleza altamente personal, como son un testamento o un pacto sucesorio. En el área personal, el poder le permite al representante apoderado p.e. inspeccionar el historial médico del poderdante, decidir en la medida más amplia sobre cuestiones de tratamiento, incluida la interrupción del tratamiento, de la cirugía o del trasplante, determinar la residencia y ejercer los derechos de visita. Se sobreentiende que estos amplios poderes deberían otorgarse sólo si existe una relación de confianza incondicional entre el poderdante y apoderado.

Testamento vital o disposición del paciente

Una disposición del paciente contiene instrucciones para el médico , para el tratamiento médico de enfermedades graves y muy graves. Entre otras cosas, puede regular la medida en que las funciones corporales deben mantenerse artificialmente en tales casos, si se van a realizar los transplantes y en qué medida se deben permitir las medidas de eutanasia pasiva. La disposición del paciente es (incomprendido) llamado también testamento de paciente, aunque no es un testamento en el sentido jurídico.

Una disposición del paciente o testamento vital no requiere autorización notarial. Sin embargo, la práctica muestra que los médicos prestan más atención a una disposición elevada a público que a los formularios privadamente cumplimentados, como los disponibles en la farmacia o los que se pueden descargar de Internet. También es aconsejable incluir la disposición del paciente en el acta notarial, en la cual ya se concede a una persona de confianza un poder general y preventivo, e instruir al apoderado para que imponga la disposición frente a los médicos.

Nombramiento de turor

Cuando cualquier persona por motivos de una discapacidad física o mental no pueda atender o resolver sus asuntos puede ser puesta bajo tutela por el tribunal de tutelas. El tutor se ocupa de los asuntos de negocios y los asuntos personales. Este es supervisado por el tribunal, estando obligado a rendir cuentas ante él y, en el caso de transacciones legales de considerable importancia, el tutor requiere de la aprobación del tribunal.

Un nombramiento de tutor en el caso de incapacidad representa una propuesta para el tribunal de tutelas en la designación como tutor de una persona de su entera confianza en en el caso del requerimiento de la tutela. Si no se oponen intereses por parte de la persona bajo tutela, esta propuesta es vinculante para el tribunal. El nombramiento de tutor para el caso de incapacidad no requiere la autorización notarial, sino puede redactarse privadamente por escrito.

El otorgamiento de un poder notarial general y preventivo sirve precisamente para evitar la tutela y así para evitar una supervisión judicial del apoderado. No obstante y adicionalmente, como medida de precaución, se debería incluir un nombramiento de tutor para el caso de incapacidad en un poder general y preventivo y se debería proponer al apoderado como tutor para el caso en que una tutela sea necesaria a pesar del poder preventivo o adicionalmente.

Un nombramiento de tutor para el caso de incapacidad, es adecuado cuando no haya sido otorgado previamente un poder o si se desea precisamente que la actuación de la persona de confianza sea supervisado por la administración pública.